Visa de Inversionista por Tratado Comercial E-2

La Visa E-2 es una excelente opción para venir a vivir a los Estados Unidos con una inversión relativamente baja. Generalmente, una inversión activa de USD $100,000 es suficiente, aunque todo depende del tipo de industrias y operaciones que proyecte desarrollar en los EE. UU. ​Usted podrá renovar la Visa E-2 indefinidamente siempre y cuando la compañía siga operando.
  1. Que el inversionista potencial E-2 tenga la ciudadanía de algún país que tenga un tratado de comercio para este tipo de visa. Estos países son más de 75, por ejemplo, Colombia, México, Argentina, Canadá, Chile, Costa Rica, Paraguay, España, y muchos más.
  2. Que la compañía en EE.UU. tenga la misma ciudadanía que el inversionista potencial E-2 (es decir, que por lo menos el 50% de la participación de la compañía en los EE.UU. sea propiedad de personas con la misma ciudadanía del inversionista E-2).
  3. Que el inversionista haya realizado, o esté en el proceso de realizar, una inversión sustancial en un negocio en los EE.UU.   
  4. Que el inversionista dirija y desarrolle la empresa activamente.
  5. Que la inversión no sea marginal.
  6. Que las operaciones de la compañía sean “Reales y que esté Operando”, preferiblemente con empleados.
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Una cantidad sustancial de capital es:

  • Sustancial con respecto al costo total de compra de una empresa establecida o de constitución de una nueva.
  • Suficiente para garantizar el compromiso financiero del Inversionista por Tratado con la operación exitosa de la empresa.
  • De una magnitud que respalde la probabilidad de que el Inversionista por Tratado desarrolle y dirija exitosamente la empresa. Cuanto menor sea el costo de la empresa, mayor será, proporcionalmente, la inversión que debe considerarse sustancial.
Esta visa también puede ser usada para traer a un ejecutivo, gerente o empleado con habilidades especiales y esenciales para la compañía.
 
Beneficios:

  • Vivir y desarrollar su negocio en los EE. UU. con un monto de inversión bajo (90% de aprobación con una inversión de USD $100,000+).
  • Poder renovar su visa indefinidamente, siempre y cuando su compañía continúe en operaciones y siga cumpliendo con los requisitos de la Visa E-2 .
  • Su cónyuge y sus hijos menores de 21 años (Dependientes) podrán acompañarlo a los EE. UU.
  • Sus hijos menores podrán estudiar gratis en escuelas públicas, hasta terminar High School (12º grado).
  • En ciertos casos, sus hijos menores de 21 años podrán asistir a la universidad y pagar “In-State-Tuition” (matrícula universitaria mucho más baja).
  • Su cónyuge podrá solicitar un permiso de trabajo sin restricciones (es decir, podrá trabajar para cualquier compañía en los EE. UU.).
 
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CONSIDERACIONES

  • El inversionista tiene que ser propietario de por lo menos el 50% de y “dirigir y desarrollar” la empresa activamente
  • Inversión Substancial” significa una cantidad necesaria para que el negocio sea exitoso (las regulaciones no indican un monto mínimo, pero nuestro equipo ha tenido muy buenos resultados con inversiones de USD $100,000 o superiores, siempre y cuando sea factible en esa industria y/u operaciones)
  • Opciones:
  1. Establecer un negocio nuevo.
  2. Comprar un negocio existente
Nuestro equipo ha apoyado a docenas de clientes a obtener su Visa de Inversionista E-2, y mantiene un récord de más de 90% de aprobación. Estas solicitudes han resultado en más de USD $4.5 Millones de Dólares invertidos en los EE. UU. Cabe resaltar que en los pocos casos en los que no se ha obtenido una decisión favorable, los clientes han logrado inmigrar exitosamente a los EE. UU. usando otras estrategias, con el apoyo de nuestro equipo.

 l-1a transferencia de ejecutivos o gerentes a los estados unidos

La clasificación no inmigrante L-1A, permite a compañías en los Estados Unidos transferir Ejecutivos o Gerentes desde una compañía extranjera afiliada a una de sus oficinas en los Estados Unidos; por ejemplo, a una compañía matriz, subsidiaria, sucursal, o una compañía con un mismo dueño mayoritario.

Esta clasificación permite igualmente a una compañía extranjera, que aún no tenga una oficina afiliada en los Estados Unidos, enviar un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de establecer una Oficina Nueva.

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CUALIFICACIONES generales del empleador y el empleado

Para cualificar en la clasificación L-1 en esta categoría, el empleador estadounidense debe:

  • Tener una relación elegible con una compañía extranjera (oficina central, sucursal, subsidiaria o afiliada, colectiva mente denominadas como organizaciones elegibles); y
  • Realizar negocios, ya sea actualmente o en un futuro, como empleador en los Estados Unidos y en por lo menos otro país, esto puede ser directamente o a través de una organización elegible durante el periodo de la estadía del beneficiario en los Estados Unidos como no-inmigrante L-1. No se requerirá participar en comercio internacional, siempre y cuando el negocio sea viable.

Hacer negocios significa el abastecimiento regular, sistemático y continuo de bienes y/o servicios por una organización elegible, más no la mera presencia de un agente u oficina de la organización elegible en los Estados Unidos y en el extranjero.

Para cualificar, el empleado designado debe:

  • Por lo general, haber estado trabajando para una organización elegible en el extranjero por un período de un año continuo y dentro de los tres años previos a su admisión en los Estados Unidos, y


  • Procurar entrar a los Estados Unidos con la intención de prestar servicios en capacidad ejecutiva o gerencial, a una sucursal del mismo empleador o a una de sus organizaciones elegibles.

Capacidad ejecutiva:Se refiere generalmente a la capacidad del empleado de tomar decisiones de amplia gama sin mucha supervisión.

Capacidad gerencial: Se refiere generalmente a la capacidad del empleado de supervisar y controlar el trabajo de empleados profesionales y manejar la organización o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización. También podría referirse a la capacidad del empleado de manejar funciones esenciales de la organización a un alto nivel, sin la supervisión directa de otros.

 
Nuevas oficinas: Visa L-1A puede emplearse para enviar a un empleado o dueño de la compañía actualmente en el extranjero, a los Estados Unidos con un cargo de ejecutivo o gerente, con el fin de establecer una nueva oficina.
 
Familia de trabajadores con Visa L-1: Los empleados transferidos a las oficinas en los Estados Unidos pueden ser admitidos con la compañía de su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad, o ser seguidos por estos. Los cónyuges de trabajadores L-1 pueden solicitar autorización de empleo.

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